“Conjunto
de intervenciones, dirigidas a la población infantil de 0-6 años, a la familia
y al entorno, que tienen por objetivo dar respuesta lo más pronto posible a las
necesidades transitorias o permanentes que presentan los niños con trastornos
en su desarrollo o que tienen el riesgo de padecerlos. Estas intervenciones,
que deben considerar la globalidad del niño, han de ser planificadas por un
equipo de profesionales de orientación interdisciplinar o transdisciplinar”.
Esta es la definición que da el Libro Blanco de la Atención Temprana. El Libro
Blanco de Atención Temprana es un instrumento para poder llegar a la
comprensión y el desarrollo de la Atención Temprana. Además ha propiciado la
expansión de la Atención Temprana, así como el diseño de planes específicos en
las diversas Comunidades Autónomas.
La
Atención Temprana no debe de entenderse como algo dirigido exclusivamente a
niños con discapacidad sino que va dirigida a toda la población infantil. Las
intervenciones se hacen tanto al niño como al entorno que le rodea, es decir, a
la familia, escuelas, etc.
También encontramos definiciones de otros autores
sobre la atención temprana como las siguientes:
-
Guralnick (2001): “sistema diseñado para
apoyar patrones familiares de interacción que mejor estimulen el desarrollo
evolutivo del niño”.
-
Shonkoff y Meisels (2000): “los
servicios multidisciplinares que se les ofrecen a los niños desde su nacimiento
hasta los cinco años. Los principales objetivos son: fomentar la salud y el
bienestar infantil, mejorar las competencias emergentes, reducir los retrasos
evolutivos, remediar las discapacidades existentes o posibles, prevenir los
deterioros funcionales, fomentar la paternidad responsable y sobre todo la
funcionalidad familiar”.
-
Dunst (1985): “provisión de apoyo (y
recursos) a las familias de los niños por parte de los miembros de redes de
apoyo social formal o informal que repercuten tanto directa como indirectamente
en los padres, la familia y el funcionamiento del niño”.
En
los inicios de esta disciplina se empezó utilizando el concepto de estimulación
precoz pero evolucionó a una terminología más precisa, es decir, pasó a
llamarse estimulación temprana. Este término aparece en el documento de la
Declaración de los Derechos del Niño, en 1959, definido como una forma
especializada de atención a los niños y niñas que nacen en condiciones de
riesgo biológico y social, en el que se privilegia a aquellos que provienen de
familias marginales, carenciales o necesitadas. Es Lydia Coriat la que propone e inicia el cambio
de precoz a temprana. Define la estimulación temprana como “una técnica que
tiene por objetivo apoyar al niño en el desarrollo de sus aspectos
instrumentales, destinada a brindar impulso a funciones ya existentes en el
sujeto, y susceptibles de averiarse por medio del estímulo, actuando dicha
estimulación a través de la actividad que produce en el sujeto estimulado,
dirigiéndose al niño en su conjunto, siendo la acción el eje de datos en el
desarrollo del niño, consistente en crear las mejores condiciones posibles para
que la misma familia del niño lo rodee y lo incluya como uno más”. Pero en
1998 Candel diferencia entre ambos conceptos diciendo que: “Estimulación
precoz, como un tratamiento dirigido únicamente al niño, sino más bien atención
temprana como un conjunto de actuaciones dirigido al niño, la familia y a la
comunidad”. Ya en el año 1999 el
grupo de Prevención y Atención al Desarrollo Infantil en 1999 la define
como: “Conjunto de acciones planificadas”. Finalmente en el año 2000 el Libro Blanco de la Atención Temprana
ofrece la última definición de Atención Temprana: “Se entiende por Atención
Temprana el conjunto de intervenciones, dirigidas a la población infantil de
0-6 años, a la familia y al entorno, que tienen por objetivo dar respuesta lo
más pronto posible a las necesidades transitorias o permanentes que presentan
los niños con trastornos en su desarrollo o que tienen el riesgo de padecerlos.
Estas intervenciones, que deben considerar la globalidad del niño, han de ser
planificadas por un equipo de profesionales de orientación interdisciplinar o
transdisciplinar”.
Una
atención Temprana en la escuela debe participar de principios esenciales como
son:
-
El diálogo entre las familias y las
administraciones; la gratuidad e igualdad de oportunidades evitando riesgos y
previniendo discapacidades. Interdisciplinariedad que debe identificar los
diferentes ámbitos (físicos, psicológicos y pedagógicos) y la coordinación de
los profesionales que intervienen.
-
Una buena sectorización que haga limitar
los campos de actuación a los diversos servicios.
-
El tutor/ a de aula debe realizar una
intervención didáctica que tenga en cuenta todos los factores que intervienen
en el desarrollo infantil (físico, neurológicos, psicológicos y pedagógicos)
para intervenir desde el punto de vista educativo.
-
Es decir, es necesario proceder en
primer lugar a una valoración de las necesidades del niño y de su entorno, para
realizar posteriormente un tratamiento educativo rehabilitador que tenga en
cuenta el currículum común de su edad al mismo tiempo que los programas de
apoyo específicos.
En
la organización de toda etapa educativa se deben considerar aspectos formales
como son las leyes y planificación docente; aspectos personales como
profesionales que inciden en la etapa y aspectos materiales.
En
el organigrama actual de la administración pública los ámbitos competentes en
materia de Atención Temprana son: Sanidad, Servicios Sociales y Educación.
Se
hace necesario un sistema que regule y arbitre las relaciones entre estas tres
áreas, creando un marco legislativo de carácter estatal y autonómico que
establezca la coordinación y la actuación conjunta a favor de la gratuidad y
universalización de los centros de Atención Temprana en todo el territorio del
Estado.
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